DESCRIPCIÓN
Auténtico PH! Solo 10 propietarios entre PB y 1er Piso. Se encuentra en primer piso por escalera de pocos escalones. Antiguedad 7 años. Según reglamento de propiedad las unidades que se encuentran en 1er piso como ésta, pueden construir sobre ellas mismas. No tienen más unidades sobre estas y el resto no mira hacia el patio interno. Expensas promedio aproximadas $700.- mínimas y esenciales para el mantenimiento de aseo, mas servicios de luz y agua de espacios comunes. El edificio tiene muy buen mantenimiento de aseo y construcción.<br>Pisos de porcelanato, patio muy luminoso techado puede retirarse el mismo o conservarlo, da una vista muy despejada a cielo abierto. Lavadero amplio y separado con cerramiento. Cocina separada por un mueble de construcción que da aspecto de cocina integrada pero está separada del living y puede integrarse para dar más amplitud al ambiente con el living comedor. Domitorio amplio con placard empotrado, muy luminoso y da al patio. La habitacion se comunica al living como diseño original pero puede cerrarse.. Baño completo, con bañera con antideslizante; placard ante baño. Equipo acondicionado frio calor y estufa tiro balanceado. Cocina a gas. APTO PROFESIONAL<br><br>Transportes cercanos: colectivos 71, 110, 140, 169, 176<br>A 3 cuadras de Av Congreso y 1 cuadra y media de Av Triunvirato<br><br>Superficie<br>Patio 4,90x2,27<br>Living 4x3 con pequeño placard<br>Dormitorio 3,47x3,27 mas placard<br>Baño 1, 66x3<br>Cocina 1,93x1,60<br><br><br>
**Corredor Inmobiliario Responsable Adrian Ridelnik CUCICBA Mat 197.**
*Se deja constancia que las medidas y superficies indicados son aproximados y al sólo efecto orientativo. Las medidas reales surgirán del título de propiedad respectivo. Las medidas parciales y/o de los ambientes y el valor consignado de expensas mensuales, servicios y ABL está sujeto a verificación y/o ajuste. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A "Para los casos de alquiler de vivienda única, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias cuando el destino sea vivienda única y permanente ".-